Desde estas páginas defendemos la necesidad de una Constitución
democrática, como no podía ser de otra manera; pero una Constitución
inamovible también puede ser perjudicial para la democracia.
Dentro
del estado constitucional de derecho (con las excepciones del estado
legislativo), y a partir de una visión realista y normativa, la propia
Constitución, y su aplicación por parte de los jueces, se ha convertido
en un problema si en ella se incluyen como inamovibles los derechos
establecidos por una generación de hombres y mujeres que cree firmemente
en ellos, pero limitan las oportunidades a las generaciones futuras
para modificarlos o incluir nuevos derechos.
Con el fin de proteger a la democracia, la Constitución puede
transformarse en un “enemigo” de la propia democracia, como una especie
de coto vedado que, además, debe ser interpretado por jueces que evalúan
el alcance de su contenido a partir de su tarea interpretativa y que,
incluso, provocan divergencias en sus consideraciones política y
humanista (y sociológica).
Todo ello debería ser analizado a partir de las distintas visiones de
la democracia, desde la comunitaria de Rousseau hasta la estadística de
Schumpeter, y por tanto desde las ideas del autogobierno y la voluntad
general -con la regla de la mayoría que busca más democracia y menos
liberalismo-, hasta la pragmática y su idea de la representación de la
mayor parte de las personas.
Igualmente tendrían que estudiarse las características de la
democracia en sus posiciones intermedias hasta llegar a la llamada
“paradoja de la democracia”. Es preciso reivindicar una postura adecuada
frente a la necesidad de libertad e igualdad, así como el hecho de
insistir en el resbaladizo concepto de “ciudadanía.
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